jueves, 9 de septiembre de 2010

Unidad de Correspondencia

UNIDAD DE CORRESPONDENCIA
PROCESOS Y NORMATIVIDAD


Normas legales: El acuerdo AGN 060 de 2001 en su artículo tercero determina que las entidades deben establecer conforme a su estructura, una unidad de correspondencia la cual gestiona de manera centralizada y normalizada los servicios de recepción, radicación y distribución de las comunicaciones. Además las unidades de correspondencia deberán contar con personal suficiente, debidamente capacitado y con los medios necesarios que permitan recibir, enviar y controlar oportunamente el trámite de las comunicaciones de carácter oficial, mediante servicios de mensajería interna y externa, fax, correo electrónico u otros que faciliten la atención de las solicitudes presentadas por los ciudadanos. Es importante enfatizar que ninguna comunicación oficial deberá salir de la entidad por vía diferente a la de las unidades de correspondencia.

RECEPCIÓN

Constitución política Art. 15. La correspondencia y demás formas de comunicación son inviolables

D. 2150: supresión de autenticación de documentos originales y uso de sellos, ventanilla única

Acuerdo AGN 060 de 2001
Artículos: 3, 5, 8, 10, 11,12 Sobre las unidades de Correspondencia radicación y control de las comunicaciones recibidas.
DISTRIBUCION
Decreto 229 de 1995 sobre servicios postales y sus resoluciones reglamentarias.
Decreto 2150 de 1995. Art. 25. sobre la utilización del correo para envío de la información
Acuerdo 060 de 2001
Art. 3. Centralización
De los servicios de distribución de las comunicaciones oficiales.

TRAMITE
Constitución Política. Art. 23. Derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por interés particular o general.

Ley 58 de 1982. Reglamentación trámite de peticiones
Decreto 01 de 1984. Sobre el Derecho de Petición.

Decreto 1222 de 1999
Art. 33. Derecho de turno

Acuerdo AGN060 de 2001 Art. 3, 6, y 8 Envío y control del trámite de las comunicaciones. Numeración de actos administrativos.
CONSERVACION

Constitución Política: Art. 8 y Art. 95

Código Procedimiento Civil: Art. 251. Distintas clases de documentos..
Ley 39 de 1981. Art. 1, 2, 3, y 4 sobre conservación de copias mediante microfilmación. Art. 74. valor probatorio de la impresión de imágenes ópticas

Decreto 1798 de 1990 Art. 31. Conservación de los libros y papeles de los comerciantes,.

CONSULTA

Constitución Política: Art. 20, Art. 27, Art. 74, Art. 112.

Ley 4 de 1913. ´Régimen político y municipal Art. 315, 316 y 320.

Ley 57 de 1985. Art. 1 y12 al 27 sobre publicidad y acceso a los documentos públicos.
Acuerdo AGN 47 de 200. Acceso a los documentos.
Acuerdo AGN 56 de 2000. Requisitos de Consulta


1 comentario:

  1. FELICITACIONES, ME GUSTARIA QUE TODOS LOS APRENDICES FUERAN COMO TU. ESTAS AL DIA EN EL BLOG Y TUS CARTAS DEMUESTRAN UNA BUENA REDACCION Y CONOCIMIENTO DE LA NORMA. MUY BIEN.

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